¿Tener acceso a alimentos buenos y saludables se convierte en un derecho humano básico?

Es uno en todos menos 34 países de la ONU en todo el mundo. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), que es un tercio de la Carta de Derechos Internacional junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Declaración Universal de Derechos Humanos, establece que:

“Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluida la alimentación, el vestido y la vivienda adecuados, y para la mejora continua de las condiciones de vida. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas específicos, que son necesarias para: a) Mejorar los métodos de producción. , conservación y distribución de alimentos haciendo pleno uso de los conocimientos técnicos y científicos, diseminando el conocimiento de los principios de la nutrición y desarrollando o reformando los sistemas agrarios de manera que se logre el desarrollo y la utilización más eficiente de los recursos naturales; b) Teniendo en cuenta los problemas tanto de los países importadores de alimentos como de los países exportadores de alimentos, para garantizar una distribución equitativa de los suministros mundiales de alimentos en relación con las necesidades “.

Además, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU afirmó que “el derecho a una alimentación adecuada se realiza cuando cada hombre, mujer y niño, solo o en comunidad con otros, tiene acceso físico y económico en todo momento a alimentos adecuados o medios para su adquisición. Por lo tanto, el derecho a una alimentación adecuada no debe interpretarse en un sentido estricto o restrictivo que lo equipare con un paquete mínimo de calorías, proteínas y otros nutrientes específicos. El derecho a una alimentación adecuada deberá realizarse progresivamente. Sin embargo, los Estados tienen la obligación central de tomar las medidas necesarias para mitigar y aliviar el hambre, incluso en tiempos de desastres naturales o de otro tipo “.

Se puede suponer que lo adecuado es incluso más amplio que el mínimo de calorías y proteínas y vitaminas, que por sí solas son necesarias para una alimentación saludable.

Si solo el gobierno puede hacer que esto suceda, será asombroso. El nivel de enfermedad se reducirá.

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