Sí. Las condiciones preexistentes deben estar cubiertas.
Conforme a las pautas de CMS, todas las compañías de seguros deben cubrir 10 beneficios de salud esenciales (EHB):
- Servicios ambulatorios para pacientes
- Servicios de emergencia
- Hospitalización
- Cuidado de maternidad y recién nacido
- Servicios de salud mental y trastorno de uso de sustancias, incluido el tratamiento de salud conductual
- Medicamentos con receta
- Servicios y dispositivos de rehabilitación y habilitación
- Servicios de laboratorio
- Servicios preventivos y de bienestar y manejo de enfermedades crónicas
- Servicios pediátricos, que incluyen cuidado bucal y de la vista