Ok, ¿las 6 semanas fueron más o menos de 45 días?
Si fue menos de 45 días, simplemente inscríbase nuevamente y disfrute.
Si fue mayor a 45 días, entonces es posible que desee considerar pagar las primas revertidas. Básicamente, si tiene una brecha en la cobertura de> 45 días, una futura compañía de seguros puede aplicar una exclusión de condición preexistente, pero solo hasta el 1/1/2014. Después del 1/1/2014, las exclusiones de condiciones preexistentes ya no existirán. Entonces, si usted (a) está muy saludable sin necesidad de atención médica y (b) no tiene ninguna condición médica real, me saltearé el pago de las primas revertidas y me inscribiré como nuevo participante en el plan. De lo contrario, si pudiera tener una afección médica de algún tipo que quisiera que se cubriera en el futuro y es probable que obtenga un seguro por su cuenta antes del 1/1/2014, entonces pagaría las primas revertidas.
Como nota al margen, técnicamente bajo el Código del IRS, ellos (Nómina) no están permitidos realmente para permitirte inscribirte como un nuevo miembro del plan, sino que debes regresar y hacer que pagues las primas rezagadas. Pero nadie realmente aplica la regla. Solo pensé en mencionarlo, aunque en caso de que vuelvan y le pidan que pague las 6 semanas.