¿Estoy obligado por ley a divulgar información de salud personal a mi empleador?

Además de solicitar adaptaciones de la ADA, el único momento en que debe divulgar su información personal de salud es cuando solicita la FMLA, en particular la Licencia intermitente por la que debe otorgarle acceso a su historial médico actual .

De ninguna manera está obligado a divulgar su información de salud para ningún otro fin (sin contar, por desgracia, las pruebas de detección de drogas). Si estuvo temporalmente o con discapacidad permanente, de ninguna manera está obligado a divulgar esta información a su empleador a menos que dicha discapacidad interfiera con su capacidad para realizar el trabajo requerido y el puesto no pueda modificarse.

No puede ser discriminado en el proceso de contratación por no divulgar información médica pasada o presente.

¿Estoy obligado por ley a divulgar información de salud personal a mi empleador?

Solo necesita divulgar lo que afecta su rendimiento o capacidad de hacer su trabajo. E incluso entonces, no necesita revelar detalles. Es posible que no se les solicite que lo acomoden, y pueden requerir una nota del médico si afecta sus deberes.

En mi jurisdicción, puse esto en mis contratos de trabajo:

  • que el empleado garantiza que puede realizar el trabajo tal como se le presentó y se le ofreció sin ningún tipo de gravamen, y sin la necesidad de buscar aprobaciones para aceptar el trabajo
  • y que todos los hechos materiales que afectarían la capacidad del empleado para realizar el trabajo de acuerdo con los estándares establecidos se han divulgado por completo a la empresa

Descargo de responsabilidad primero – NO SOY ABOGADO.

Sin embargo, tal como lo entiendo, en los EE. UU. No está obligado a divulgar información de salud personal al empleador a menos que busque “adaptaciones razonables” en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.