“La ley generalmente se aplica a todos los planes de salud grupales mantenidos por empleadores del sector privado con 20 empleados o más, o por gobiernos estatales o locales. La ley no se aplica a los planes patrocinados por el Gobierno Federal o por iglesias y ciertas organizaciones relacionadas con la iglesia Además, muchos estados tienen leyes similares a COBRA, incluidas las que se aplican a las aseguradoras de salud de los empleadores con menos de 20 empleados (a veces llamadas mini-COBRA). Consulte con la oficina del comisionado de seguros estatal para ver si dicha cobertura está disponible para usted . “[1]
“Para tener derecho a elegir la continuación de la cobertura de COBRA, su plan de salud grupal debe estar cubierto por COBRA, debe ocurrir un evento calificador y debe ser un beneficiario calificado para ese evento”. [2]
El siguiente sitio web analiza la cobertura COBRA y los trabajadores H1B:
H1B Visa – Preguntas más frecuentes sobre pérdida de empleo y pérdida de empleo
Si necesita más información sobre sus derechos bajo un plan del sector privado o sobre ERISA en general, comuníquese electrónicamente con la Administración de Seguridad de Beneficios del Empleado (EBSA) en askebsa.dol.gov o llame sin cargo al 1-866-444-3272. [3] ]
Notas a pie de página
[1] Preguntas frecuentes sobre la cobertura de salud continua de COBRA
[2] Preguntas frecuentes sobre la cobertura de salud continua de COBRA
[3] Preguntas frecuentes sobre la cobertura de salud continua de COBRA